El SAT publicó más contribuyentes bajo el artículo 49 Bis del CFF, cuyos CFDI se consideran falsos. Si diste efectos fiscales a uno de esos comprobantes, cuentas con 30 días naturales para revertirlo y evitar la restricción de tu CSD.
El SAT amplió el plazo de la Manifestación de Valor Electrónica y sumó el formato E15 en la RGCE 2026. Esto es lo que cambia para quienes importan y exportan.