agosto 17, 2026

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Compilación de Noticias Contables, Fiscales y de Seguridad Social – México –

Lourdes Guada

El SAT publicó más contribuyentes bajo el artículo 49 Bis del CFF, cuyos CFDI se consideran falsos. Si diste efectos fiscales a uno de esos comprobantes, cuentas con 30 días naturales para revertirlo y evitar la restricción de tu CSD.

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