febrero 24, 2026

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Declaración Anual Personas Físicas 2025 | Guía Completa 2026

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Si eres persona física en México, abril de 2026 es tu fecha clave para presentar la declaración anual del ejercicio 2025 ante el SAT. Ya sea que tributes por sueldos y salarios, honorarios, arrendamiento o actividad empresarial, esta guía te llevará de la mano con todo lo que necesitas saber: quiénes están obligados, qué documentos necesitas, cómo presentarla paso a paso y — muy importante — las novedades fiscales que aplican este año.

¿Qué es la declaración anual de personas físicas?

La declaración anual es el informe que presentas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) donde reportas todos los ingresos que obtuviste durante el ejercicio fiscal 2025, las deducciones que aplicas y los impuestos que ya pagaste o te retuvieron durante el año. El resultado de este ejercicio determina si tienes un saldo a favor (el SAT te devuelve dinero) o un saldo a cargo (debes pagar la diferencia).

Su fundamento legal se encuentra en los artículos 150 y 152 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), y las reglas operativas para su presentación están contenidas en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración anual 2025?

Están obligadas a presentar la declaración anual las personas físicas que durante 2025 obtuvieron ingresos por:

Siempre obligados:

  • Actividades empresariales (Régimen General, Capítulo II, Sección I LISR)
  • Servicios profesionales / honorarios (Capítulo II, Sección I LISR)
  • Arrendamiento de inmuebles (Capítulo III LISR)
  • Enajenación de bienes (Capítulo IV LISR)
  • Adquisición de bienes (Capítulo V LISR)
  • Intereses que rebasen ciertos montos (Capítulo VI LISR)
  • Premios (Capítulo VII LISR)
  • Dividendos (Capítulo VIII LISR)
  • Ingresos por plataformas tecnológicas (Sección III, Capítulo II LISR)

Asalariados obligados a declarar:

No todos los asalariados deben presentar declaración anual. Estás obligado si durante 2025 te encontraste en alguno de estos supuestos:

  • Tus ingresos anuales por sueldos y salarios superaron los $400,000 pesos
  • Trabajaste para dos o más patrones de manera simultánea en cualquier momento del año, aun sin rebasar los $400,000
  • Solicitaste por escrito a tu patrón que no presentara tu declaración
  • Dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2025
  • Recibiste ingresos por jubilación, pensión, liquidación o indemnización laboral
  • Obtuviste ingresos de fuentes en el extranjero o de personas no obligadas a retener

¿Y si soy RESICO?

Si tributas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) como persona física, en general no estás obligado a presentar declaración anual, ya que tus pagos mensuales son definitivos. La excepción aplica si obtuviste ingresos en copropiedad, o si tienes ingresos adicionales en otros regímenes que sí requieren declaración anual (por ejemplo, salarios mayores a $400,000 o intereses mayores a $100,000).

Fundamento: Artículo 113-E LISR, Regla 3.13.7 RMF 2026, y comunicado SAT 04-2025.

Fechas clave para la declaración anual 2026

Concepto Fecha límite
Personas morales — Declaración anual 2025 31 de marzo de 2026
Personas físicas — Inicio del periodo de presentación 1 de abril de 2026
Personas físicas — Fecha límite 30 de abril de 2026
Pago en parcialidades — última parcialidad 30 de septiembre de 2026

Tip profesional: No esperes al último día. En las últimas semanas de abril, el portal del SAT suele saturarse. Además, quienes presentan temprano reciben la devolución del saldo a favor más rápido (generalmente entre 5 y 40 días hábiles).

⚠️ Novedades para la declaración anual 2025 (presentada en 2026)

Este año hay cambios importantes que debes conocer antes de presentar tu declaración anual de personas físicas 2025. Estas son las principales novedades derivadas de la RMF 2026:

1. e.firma obligatoria para saldos a favor mayores a $10,000

La Regla 2.3.2 de la RMF 2026 endureció los requisitos para la devolución automática de saldo a favor:

Monto del saldo a favor Requisito
De $0 a $10,000 Contraseña SAT es suficiente
De $10,001 a $150,000 e.firma vigente obligatoria
Mayor a $150,000 No aplica devolución automática — se requiere trámite FED

Acción inmediata: Si tu e.firma está vencida, renuévala antes de abril. Puedes hacerlo en línea si está dentro del periodo de gracia, o agenda una cita en tu oficina del SAT más cercana. Sin e.firma vigente, no podrás solicitar tu devolución automática si superas los $10,000 de saldo a favor.

2. Pago en parcialidades — hasta 6 meses

La Regla 3.17.3 de la RMF 2026 confirma nuevamente la opción de pagar el ISR anual a cargo en hasta seis parcialidades mensuales y iguales, con la primera en abril y la última en septiembre de 2026. Los factores de actualización aplicables fueron publicados por el SAT.

3. Tarifas ISR actualizadas (Anexo 8 RMF 2026)

Las tablas del ISR para el cálculo anual fueron actualizadas por inflación y publicadas en el DOF el 28 de diciembre de 2025 como parte del Anexo 8 de la RMF 2026. Aunque la declaración corresponde al ejercicio 2025, el cálculo del ISR anual se realiza con las tarifas vigentes del Anexo 8 (artículos 97 y 152 LISR, Regla 3.17.1 RMF 2026).

4. Prórroga de buzón tributario y e.firma para RESICO

El Artículo Cuarto Transitorio de la RMF 2026 extendió la fecha para habilitar el buzón tributario y contar con e.firma activa hasta el 1 de enero de 2027 para contribuyentes RESICO. Esto evita expulsiones del régimen por incumplimiento formal durante 2026.

Documentos y requisitos para presentar la declaración anual

Antes de sentarte frente al portal del SAT, asegúrate de tener a la mano:

Acceso al portal:

  • RFC (Registro Federal de Contribuyentes)
  • Contraseña SAT vigente
  • e.firma vigente (obligatoria si tu saldo a favor supera $10,000)

Información fiscal:

  • Constancias de retenciones de ISR (las emiten tus patrones o retenedores)
  • CFDIs de ingresos emitidos durante 2025
  • CFDIs de deducciones personales (gastos médicos, colegiaturas, etc.)
  • Comprobantes de pagos provisionales realizados durante el año
  • Constancias de intereses bancarios (si aplica)

Para recibir saldo a favor:

  • CLABE interbancaria de una cuenta a tu nombre
  • La cuenta debe estar activa y asociada a tu RFC

Tip: El SAT precarga la mayor parte de la información con base en los CFDIs timbrados durante 2025. Sin embargo, es tu responsabilidad verificar que la información sea correcta y completa antes de enviar. Errores en la información precargada pueden generar discrepancias.

Deducciones personales 2025 — Cómo pagar menos impuestos

Las deducciones personales son la herramienta más poderosa que tienes para reducir tu base gravable y obtener saldo a favor. Estos son los gastos que puedes deducir en tu declaración anual 2025:

Gastos médicos y de salud

  • Honorarios médicos, dentales y hospitalarios
  • Servicios de psicología y nutrición
  • Análisis clínicos y estudios de laboratorio
  • Compra o renta de aparatos de rehabilitación
  • Primas de seguros de gastos médicos mayores
  • Lentes ópticos graduados (tope: $2,500 por persona al año)

Requisito indispensable: El pago debe realizarse con medios electrónicos (transferencia, tarjeta de crédito o débito, cheque nominativo). Los pagos en efectivo no son deducibles.

Los gastos médicos pueden ser propios o de tu cónyuge/concubino(a), padres, abuelos, hijos o nietos, siempre que no perciban ingresos superiores a 1 UMA anual ($41,273.52 en 2025).

Colegiaturas

Puedes deducir el pago de colegiaturas en instituciones privadas con validez oficial, con los siguientes topes anuales por alumno:

Nivel educativo Límite anual de deducción
Preescolar $14,200
Primaria $12,900
Secundaria $19,900
Profesional técnico $17,100
Bachillerato o equivalente $24,500

Nota importante: Las colegiaturas están excluidas del límite global de deducciones personales. Se deducen de manera adicional. No son deducibles las inscripciones, reinscripciones ni cuotas por concepto distinto a la colegiatura. El transporte escolar solo es deducible si es obligatorio para todos los alumnos.

Intereses reales de créditos hipotecarios

Si tienes un crédito hipotecario contratado con instituciones del sistema financiero, Infonavit o Fovissste, puedes deducir los intereses reales (la parte que excede la inflación) efectivamente pagados durante 2025. El monto del crédito no debe exceder 750,000 UDIS (aproximadamente $6.25 millones de pesos).

Donativos

Son deducibles los donativos no onerosos ni remunerativos otorgados a donatarias autorizadas por el SAT. Los topes son:

  • Hasta el 7% de los ingresos acumulables del ejercicio anterior, para donativos a la Federación, entidades federativas y municipios
  • Hasta el 4% para las demás donatarias autorizadas

Gastos funerarios

Los gastos funerarios son deducibles hasta por un monto equivalente a 1 UMA anual ($41,273.52 en 2025). Pueden ser pagos realizados durante 2025, incluso si corresponden a servicios futuros (planes de previsión). Son deducibles hasta el año en que se utilicen.

Aportaciones complementarias para el retiro

Las aportaciones voluntarias a tu Afore o a planes personales de retiro son deducibles hasta por el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente, sin exceder 5 UMA anuales. Estas aportaciones están excluidas del límite global de deducciones.

Cuentas especiales para el ahorro

Los depósitos en cuentas especiales para el ahorro, pagos de primas de contratos de seguro con componente de ahorro, o acciones de sociedades de inversión son deducibles hasta $152,000 anuales. También excluidos del límite global.

Límite global de deducciones personales 2025

El monto total de las deducciones personales sujetas al límite no puede exceder la cantidad que resulte menor entre:

  • 5 veces la UMA anual = 5 × $41,273.52 = $206,367.60
  • 15% del total de tus ingresos (incluidos los exentos)

Deducciones excluidas del límite global (se deducen adicionalmente):

  • Gastos médicos por incapacidad o discapacidad
  • Donativos
  • Aportaciones voluntarias y complementarias de retiro
  • Depósitos en cuentas especiales para el ahorro
  • Colegiaturas (estímulo fiscal)

Paso a paso: Cómo presentar la declaración anual en el portal del SAT

Paso 1 — Ingresa al portal del SAT

Ve a sat.gob.mx y haz clic en “Declara aquí” o navega a Trámites y Servicios → Declaraciones → Personas Físicas → Declaración Anual.

Paso 2 — Identifícate

Ingresa tu RFC y contraseña, o utiliza tu e.firma (archivo .cer y .key + contraseña).

Paso 3 — Selecciona el ejercicio y tipo de declaración

Elige:

  • Ejercicio: 2025
  • Tipo de declaración: Normal
  • Periodo: Del Ejercicio

El sistema mostrará automáticamente los regímenes fiscales registrados en tu RFC.

Paso 4 — Revisa la información precargada

El SAT precarga tus ingresos, retenciones y deducciones con base en los CFDIs emitidos y recibidos durante 2025. Revisa cada campo cuidadosamente:

  • ¿Los ingresos coinciden con tus constancias de retención?
  • ¿Las deducciones personales están todas incluidas?
  • ¿Los pagos provisionales están correctos?

Si falta alguna deducción personal, puedes agregarla manualmente siempre que cuentes con el CFDI correspondiente.

Paso 5 — Agrega deducciones personales

En la sección de deducciones personales, verifica que aparezcan todos los gastos médicos, colegiaturas, seguros, intereses hipotecarios, etc. Si alguno no aparece, agrégalo con los datos del CFDI.

Paso 6 — Revisa la determinación del impuesto

En la pestaña “Determinación del Impuesto”, el sistema calculará automáticamente:

  • ISR causado del ejercicio (aplicando la tarifa del Anexo 8 RMF 2026)
  • Menos: pagos provisionales efectuados
  • Menos: retenciones de ISR
  • Resultado: Saldo a favor o ISR a cargo

Paso 7 — Solicita devolución o realiza el pago

Si tienes saldo a favor:

  • Selecciona “Devolución”
  • Confirma o captura tu CLABE interbancaria
  • Firma con e.firma (obligatorio si supera $10,000)
  • La devolución automática se procesa entre 5 y 40 días hábiles

Si tienes ISR a cargo:

  • Puedes pagar en una sola exhibición generando la línea de captura
  • O seleccionar pago en parcialidades (hasta 6, de abril a septiembre 2026)

Paso 8 — Envía y guarda tu acuse

Haz clic en “Enviar declaración” y descarga el acuse de recibo. Guárdalo en un lugar seguro — es tu comprobante de cumplimiento.

¿Qué pasa si no presento la declaración anual?

Las consecuencias de no cumplir van desde multas económicas hasta restricciones serias en tu RFC:

Consecuencia Monto / Detalle
Multa por no presentar declaración De $1,810 a $44,790 por cada obligación incumplida
Multa por presentar fuera de plazo De $1,810 a $22,400
Recargos 1.38% mensual sobre el monto no pagado (tasa 2026)
Actualización Ajuste por inflación del monto adeudado
Restricción de CSD El SAT puede restringir tu Certificado de Sello Digital, impidiendo facturar
Cancelación del RFC En casos extremos de incumplimiento reiterado

Uso del simulador del SAT

Antes de presentar tu declaración definitiva, el SAT pone a tu disposición un simulador que te permite revisar la información precargada y estimar el resultado sin compromiso. Es muy recomendable usarlo primero para detectar errores o faltantes antes del envío formal. Lo encuentras en el mismo portal de declaraciones.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Puedo presentar la declaración anual si no estoy obligado?

Sí. Aunque no estés obligado (por ejemplo, si eres asalariado con un solo patrón e ingresos menores a $400,000), puedes presentarla voluntariamente para recuperar saldo a favor por deducciones personales. Muchos asalariados obtienen devoluciones significativas al deducir gastos médicos o colegiaturas.

¿Qué pasa si el SAT precargó información incorrecta?

Debes corregirla. Si los CFDIs tienen errores, la solución es cancelar el comprobante erróneo y re-expedirlo con la relación “04 – Sustitución de CFDI previo”. Espera de 48 a 72 horas a que el sistema del SAT actualice los datos.

¿Puedo deducir gastos médicos pagados en efectivo?

No. Para que cualquier gasto médico sea deducible, debe haberse pagado con medios electrónicos: transferencia bancaria, tarjeta de crédito, débito o cheque nominativo. El pago en efectivo elimina la deducibilidad.

¿Las medicinas son deducibles?

Solo si están incluidas en la factura del hospital. Las compras en farmacias independientes no son deducibles, aunque tengas la factura correspondiente.

¿Qué hago si mi e.firma ya venció?

Puedes renovarla en línea si está dentro del periodo de gracia, o agendar una cita en tu oficina del SAT para renovarla presencialmente. Es fundamental tenerla vigente antes de abril, especialmente si esperas saldo a favor mayor a $10,000.

¿Puedo presentar declaración anual si estoy en RESICO?

En general no estás obligado, ya que los pagos mensuales en RESICO son definitivos. Sin embargo, si tienes ingresos adicionales en otros regímenes (salarios, intereses, arrendamiento fuera de RESICO), puede ser necesario presentar declaración anual por esos ingresos.

¿Cuánto tarda la devolución del saldo a favor?

Si todo está en orden y no se requiere verificación adicional, la devolución automática se deposita entre 5 y 40 días hábiles a partir de la presentación.

¿Puedo pagar el ISR a cargo en parcialidades?

Sí, la RMF 2026 (Regla 3.17.3) permite pagar hasta en 6 parcialidades mensuales e iguales, de abril a septiembre de 2026. La primera parcialidad se cubre al momento de presentar la declaración.


Artículo publicado en Fiscalito.com | Actualizado para el ejercicio fiscal 2025 (declaración presentada en 2026)

La información contenida en este artículo es de carácter informativo y no constituye asesoría fiscal personalizada. Para situaciones específicas, consulta a un Contador Público certificado.

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