Personas Morales: Ingresos acumulables, no acumulables y exentos
El artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece las reglas generales para los ingresos acumulables de las personas morales residentes en México, incluyendo la asociación en participación. Este precepto es fundamental para la correcta determinación del ISR, ya que define qué ingresos deben acumularse, cuáles no se consideran ingresos y cuáles se tratan como no acumulables o exentos.
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El artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece las reglas generales para los ingresos acumulables de las personas morales residentes en México, incluyendo la asociación en participación. Este precepto es fundamental para la correcta determinación del ISR, ya que define qué ingresos deben acumularse, cuáles no se consideran ingresos y cuáles se tratan como no acumulables o exentos.